¿Qué es un Plan Regulador Comunal?

Es un instrumento de planificación que orienta y regula el desarrollo urbano de la comuna, estableciendo dónde y cómo podemos construir, mediante un conjunto de normas urbanísticas que deben cumplir todos los propietarios de un terreno, tanto público como privado, procurando así una ciudad sustentable e integrada

¿Qué significa actualizar el Plan Regulador Comunal?

En todas las etapas del proceso de actualización del PRC de acuerdo a lo señalado en el artículo 28 sexies de la Ley General Urbanismo y Construcciones, los Planes Reguladores deberán actualizarse periódicamente, en un plazo no mayor de 10 años.

Se entiende como actualización de un plan regulador, el procedimiento de revisión a través del cual se determina la pertinencia de proceder a la modificación o reformulación de un plan regulador, que son los dos actos jurídicos administrativos que posibilitan introducir cambios a los Planes Reguladores vigentes.

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¿Por qué es necesario actualizar el plan regulador de La Unión?

El actual Plan Regulador Comunal de La Unión data del año 2003, entrando en vigencia con la publicación en el Diario Oficial del 4 de Abril del mismo año, el que a su vez se constituyó como una actualización del Plan, aprobado por el D.S N°7 de fecha 1 de Mayo de 1982. Es decir, los estudios que lo generaron resultan hoy obsoletos y descontextualizados de la realidad actual de La Comuna y del país. El instrumento se encuentra desactualizado en términos normativo, estratégico y técnico.

Procedimiento Técnico Normativo:

A través del cual se desarrollan los componentes técnicos que forman parte del Plan Regulador Comunal, abordando a través de distintas disciplinas toda la complejidad que involucra el desarrollo urbano y territorial, tales como: movilidad y transporte, riesgos geológicos y la protección ambiental, levantamiento de datos relacionados a equipamiento comunal y factibilidad sanitaria.

Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE):

El procedimiento de EAE acompaña todo el desarrollo del instrumento de planificación, hasta su aprobación y tiene como finalidad verificar la incorporación de consideraciones ambientales y de desarrollo sustentable en el proceso de decisión del Plan. Es también relevante hoy en día, dado que incorpora aspectos del Tratado Escazú, en cuanto al acceso a la información ambiental. Además, incorporar medidas en base a los Objetivos de Desarrollo Sostenible definidos en la Agenda 2030 firmada en septiembre de 2015, posterior al reglamento de la Evaluación Ambiental Estratégica, firmado en agosto de 2015. Por último, impulsar distintas acciones que permitan corroborar la coherencia interna del proceso de planificación, la coordinación técnica con otros organismos de la administración del Estado y la verificación de instancias de participación en el marco de lo señalado en la Ley 19.300 de Bases Generales de Medioambiente y el D.S. N°32 de 2015, que establece el reglamento de EAE.

Procedimiento de Participación Ciudadana:

El procedimiento de EAE acompaña todo el desarrollo del instrumento de planificación, hasta su aprobación y tiene como finalidad verificar la incorporación de consideraciones ambientales y de desarrollo sustentable en el proceso de decisión del Plan. Es también relevante hoy en día, dado que incorpora aspectos del Tratado Escazú, en cuanto al acceso a la información ambiental. Además, incorporar medidas en base a los Objetivos de Desarrollo Sostenible definidos en la Agenda 2030 firmada en septiembre de 2015, posterior al reglamento de la Evaluación Ambiental Estratégica, firmado en agosto de 2015. Por último, impulsar distintas acciones que permitan corroborar la coherencia interna del proceso de planificación, la coordinación técnica con otros organismos de la administración del Estado y la verificación de instancias de participación en el marco de lo señalado en la Ley 19.300 de Bases Generales de Medioambiente y el D.S. N°32 de 2015, que establece el reglamento de EAE.

¿Cómo se puede participar en el desarrollo del Plan Regulador?

La participación ciudadana en un plan regulador comunal se compone de dos tipos de instancias informativas e instancias consultivas, las que se van alternando en el desarrollo del proceso de planificación: Instancias informativas: Tiene como propósito abrir una discusión y/o reflexión en torno a los contenidos de las distintas etapas del plan. Instancias consultivas: Están contempladas en la normativa vigente y tiene como finalidad exponer y recibir observaciones relativas al inicio del proceso de planificación, la imagen objetivo y el anteproyecto del plan.

El procedimiento de participación ciudadana del plan regulador considera actividades en tres niveles:

Nivel territorial:

Integra a las organizaciones territoriales y funcionales, junto a la ciudadanía en general, a través de actividades en 3 etapas de las 5 etapas del estudio.

Nivel técnico Municipal:

Quienes actúan como facilitadores y coordinadores de las actividades de participar.

Procedimiento de Participación Ciudadana:

Corresponde a los organismos sectoriales de la administración del estado, quienes son consultados en el marco de la evaluacion ambiental estrategica.